INSERCIÓN LABORAL EN EMPRESAS

INSERCIÓN LABORAL EN EMPRESAS

Fecha: 
Sábado, Octubre 19, 2013

NORMATIVA:
- Decretro Foral 130/1999, de 26 de abril, (BON nº 71 de 07-06-1999)
- Decreto Foral 69/2008, de 17 de junio, (BON nº 84 de 09-07-2008)

¿QUÉ ES?: Una ayuda económica dirigida a apoyar la contratación laboral, temporal o indefinida, de personas en situación de exclusión social, por parte de empresas públicas, privadas o entidades locales para facilitar el acceso al mundo laboral y su incorporación social. Es una prestación no garantizada de la Cartera de Servicios Sociales.

¿A QUIÉN VA DIRIGIDA?: A empresas, públicas o privadas, establecidas en Navarra, bajo cualquier forma jurídica legal y entidades locales que contraten a personas, con permiso de trabajo si es el caso, y hayan suscrito con el servicio social de base y el EISOL (Equipo de Incorporación Sociolaboral) un acuerdo de incorporación sociolaboral, y contando con su informe favorable, hayan alcanzado en el itinerario de incorporación, un nivel de hábitos, habilidades, conocimientos y actitudes que les permitan incorporarse a una actividad laboral normalizada. Es necesario que las personas contratadas no hubieran ocupado, en los 3 años anteriores y durante un periodo superior a 18 meses, un puesto de trabajo mediante contrato subvencionado por este programa.

OBJETIVOS LABORALES: Es una ayuda orientada a incentivar la contratación de personas en situación o riesgo de exclusión social, con el fin de facilitar su acceso al mundo laboral y su incorporación social.

SERVICIOS QUE OFRECE: Subvención a empresas públicas, privadas o entidades locales que contratan a personas en situación de exclusión social con un contrato no inferior a media jornada y por un mínimo de 6 meses y hasta un máximo de 24 meses.
A las empresas privadas, por cada contrato, de duración igual a doce meses y de jornada completa, se subvenciona con el 40% del SMI (Salario Mínimo Interprofesional), reduciéndose proporcionalmente la cuantía de la subvención en función de la jornada y la duración del contrato.

OTROS DATOS DE INTERÉS:
- Las empresas no deben haber reducido el número medio de personal fijo de plantilla, en los 6 últimos meses a jornada igual o superior a la que figura en el contrato, ni hacerlo durante el periodo de vigencia de la subvención otorgada.
- El contrato se debe mantener hasta la finalización del periodo subvencionado

PROCEDIMIENTO: La solicitud, en modelo oficial, se presenta en el Departamento de Políticas Sociales, dentro del plazo de 30 días hábiles a contar desde la fecha de contratación y acompañada de la siguiente documentación:
- Fotocopia compulsada del NIF (Número de Identificación Fiscal), en el caso de empresas individuales, o escrituras de constitución, en el caso de sociedades.
- Fotocopia compulsada de los boletines de cotización a la Seguridad Social de los 6 últimos meses.
- Documentación acreditativa del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda de Navarra.
- Fotocopia compulsada del contrato de trabajo, sellado por la oficina de empleo que le corresponda, y del alta en la Seguridad Social, de la persona para cuya contratación se solicita subvención.
- Documentación acreditativa de la conformidad de la representación sindical, si la hubiera, o de haberse solicitado ésta.
- Solicitud de abono por transferencia.

MÁS INFORMACIÓN:
- DEPARTAMENTO DE POLÍTICAS SOCIALES
Sección de Inclusión Social
González Tablas, 7
31005 PAMPLONA
Tlfno.: 848 426 900 y 902 165 170; Fax: 948 240 108
Correo-e: dgps.informacion@navarra.es
Web: http://www.navarra.es

- SERVICIOS SOCIALES DE BASE

- UNIDADES DE BARRIO DE PAMPLONA