ESTABLECIMIENTO COMO TRABAJADORA/OR AUTÓNOMA/O

ESTABLECIMIENTO COMO TRABAJADORA/OR AUTÓNOMA/O

Fecha: 
Miércoles, Enero 4, 2017

¿QUÉ ES?: Ayuda para financiar las inversiones para la creación y puesta en marcha de empresas por parte de personas trabajadoras desempleadas que se establezcan como trabajadoras autónomas o por cuenta propia.

¿QUIÉN LA CONCEDE?: El SNE-NL (Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare).

¿A QUIÉN VA DIRIGIDA?: A personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo, en la oficina del SNE-NL correspondiente, cuando se establezcan como trabajadoras autónomas o por cuenta propia en Navarra y se hayan dado de alta en el RETA (‘Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social’) o Mutua de colegios profesionales.

REQUISITOS: Los requisitos generales son:
- Estar desempleada e inscrita en alguna de las Agencias del SNE-NL a la fecha de inicio de la actividad.
- Darse de alta en el RETA o Mutualidad del colegio profesional. La fecha de alta se considerará como fecha de inicio de actividad.
- Darse de alta en el IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas).
- No formar parte de sociedades mercantiles, cooperativas y sociedades laborales, ni como autónomos colaboradores, ni darse de alta en el Régimen Especial Agrario o ejercer la actividad de transporte de mercancías por carretera. Sí pueden formar parte de sociedades civiles o irregulares y de comunidad de bienes.
- Tener un grado de discapacidad igual o superior al 33%, en su caso.
- Ser beneficiaria de la Renta Garantizada o ayuda de análoga naturaleza, en su caso.
- Estar inscritas y desempleadas ininterrumpidamente durante los 12 meses inmediatamente anteriores al alta en el RETA, para optar a la ayuda por desempleadas de larga duración.
- Acreditar la condición de víctima de violencia de género, en su caso.
- Realizar la actividad, permanecer de alta en el RETA o equivalente, durante al menos 18 meses.
- No haber desarrollado la misma o similar actividad como personas autónomas o por cuenta propia en los 4 años anteriores.

DOCUMENTACIÓN:
La documentación requerida viene también descrita en la propia solicitud.
- Solicitud oficial
- Solicitud de abono por transferencia

¿DÓNDE SE SOLICITA?: Las solicitudes podrán presentarse preferentemente a través del Registro General Electrónico (se necesita un certificado digital), o en cualquier otro registro oficial.

¿CUÁNDO SE SOLICITA?: El plazo para presentar la solicitud de subvención es de un mes a partir del día siguiente al inicio de la actividad, entendiendo como tal la fecha de alta en el RETA o Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente.

¿CUÁNTO SE COBRA?:
1.- Personas desempleadas en general: 2.000 €.
2.- Personas desempleadas menores de 31 años, mayores de 45 años o desempleadas de larga duración: 2.200 €.
3.- Mujeres desempleadas: 2.500 € y 3.500 € si es víctima de violencia de género.
4.- Personas desempleadas con discapacidad o perceptoras de Renta Garantizada: 3.000 €.

Estas ayudas son compatibles con otras ayudas y subvenciones que puedan concederse con igual finalidad.

Quienes hayan percibido esta ayuda no podrán volver a percibir otra hasta transcurridos al menos 18 meses desde la fecha de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos por la cual se leconcedió.

Estas ayudas están sometidas al régimen "de minimis" de la Unión Europea.

NORMATIVA:
- Resolución 1365/2016, de 4 de julio, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare (BON nº 146 de 29-07-2016).
- Régimen de minimis de la Unión Europea.

MÁS INFORMACIÓN:
- SERVICIO NAVARRO DE EMPLEO-NAFAR LANSARE
Sección de Servicios a Empresas
Parque Tomás Caballero, 1 Ed."Fuerte del Príncipe II", 2ª Planta
31005 PAMPLONA
Tlfno.: 848 424 446 - 848 424 449 - 848 424 452
Correo-e.: autoempleo@navarra.es
Web: Red Navarra de Apoyo al Emprendimiento

- OFICINAS DE EMPLEO DEL SNE-NL

Cambios: 
Cambio de Renta de Inclusión Social a Renta Garantizada.