ALQUILER DE VIVIENDAS SOCIALES MUNICIPALES

ALQUILER DE VIVIENDAS SOCIALES MUNICIPALES

Fecha: 
Jueves, Agosto 5, 2021

¿QUÉ SON?: Viviendas que gestionan los ayuntamientos de Baztán, Huarte, Pamplona, Tafalla, Tudela y la Mancomunidad de Servicios Sociales de la Zona de Noáin, destinadas a cubrir las necesidades de vivienda, de personas que no tengan cubierta su necesidad de vivienda habitual, soporten cargas familiares y dispongan de reducidos recursos que les impidan acceder al alquiler de una vivienda en el mercado libre. El alquiler de las viviendas del Ayuntamiento de Tafalla es una prestación no garantizada de su Cartera de Servicios Sociales.

¿QUIÉN LAS CONCEDE?: El Ayuntamiento de Baztán, el Ayuntamiento de Huarte (modificación y modificación), el Ayuntamiento de Pamplona, el Ayuntamiento de Tafalla, el Ayuntamiento de Tudela y la Mancomunidad de Servicios Sociales de la Zona de Noáin.

¿A QUIÉNES VA DIRIGIDA?: A quienes por su situación o por sus escasos recursos, no puedan acceder a una vivienda de alquiler a precio de mercado y cumplan los requisitos.
El plazo máximo de concesión de vivienda del Ayuntamiento de Baztán es de 1 año y prorrogable como máximo por 4 años más.

El plazo máximo de concesión de vivienda del Ayuntamiento de Huarte es de 6 meses y prorrogable una única vez por otros 6 meses.

El contrato de alquiler del Ayuntamiento de Pamplona con las personas destinatarias de cada vivienda tendrá una duración máxima de 3 años.

La concesión de la vivienda alquilada del Ayuntamiento de Tafalla se mantiene mientras perdure la situación de la persona a quien se la ha alquilado.

El plazo máximo de concesión de vivienda del Ayuntamiento de Tudela es de 2 años y prorrogable como máximo por 2 años más siempre y cuando se cumplan los requisitos exigidos, excepto personas mayores de 65 años y personas discapacitadas.

El plazo de estancia inicial en los pisos de alquiler social de la Mancomunidad de Servicios Sociales de la Zona de Noáin es de 3 meses, prorrogable hasta el máximo de un año.

REQUISITOS:
DEL AYUNTAMIENTO DE BAZTÁN:
a) Ser mayor de edad o menor emancipado.
b) Tener la vecindad del Valle del Baztán con al menos dos años de antigüedad.
c) No ser titular la persona solicitante, ni el resto de la unidad familiar de vivienda en régimen de propiedad, de pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda, salvo excepciones.
d) Acreditar por parte de la unidad familiar no superar 15.000 € de ingresos ponderados anuales y disponer de 3.000 € de ingresos mínimos ponderados.
e) Estar al corriente en el pago de tributos municipales, y no tener ninguna deuda impagada por ningún concepto con el Ayuntamiento de Baztán.
g) Firmar el “Acuerdo de cesión de vivienda social”, antes de la ocupación del piso.

DEL AYUNTAMIENTO DE HUARTE:
1.- La presentación de una solicitud en el Registro Municipal; Firmar un documento de compromiso respecto al buen uso de la vivienda y de autorización para acceder a la misma por parte del personal técnico municipal; Figurar en el Registro Municipal de demandantes de vivienda.
2.- Tener residencia efectiva demostrable en Huarte con una antigüedad de 2 años; No superar el tope de ingresos familiares (entre 1,8 veces el IPREM [Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples] para unidades familiares de un miembro y 3 veces el IPREM para unidades familiares de 5 o más miembros); No disponer de patrimonio mobiliario cuyo valor sea superior a 1,2 veces la cuantía anual del IPREM.
3.- Encontrarse en situación de necesidad sobrevenida.
4.- No disponer de una vivienda en propiedad que reúna las condiciones adecuadas para poder vivir en ella, excepto si no se puede disponer de ella como consecuencia de sentencia judicial de separación o divorcio, o de cualquier otra limitación legal o convencional del uso.

DEL AYUNTAMIENTO DE PAMPLONA:
1.- La presentación de una solicitud en el Registro Municipal; Firmar un documento de compromiso respecto al buen uso de la vivienda y de autorización para acceder a la misma por parte del personal técnico municipal; Figurar en el Registro Municipal de demandantes de vivienda.
2.- Tener residencia efectiva demostrable en Pamplona con una antigüedad de 2 años; No superar el tope de ingresos familiares (entre 2,2 veces el IPREM [Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples] para unidades familiares de un miembro y 3,25 veces el IPREM para unidades familiares de 5 o más miembros); No disponer de patrimonio mobiliario cuyo valor sea superior a 1,5 veces la cuantía anual del IPREM.
3.- Encontrarse en situación de necesidad sobrevenida.
4.- No disponer de una vivienda en propiedad que reúna las condiciones adecuadas para poder vivir en ella, excepto si no se puede disponer de ella como consecuencia de sentencia judicial de separación o divorcio, o de cualquier otra limitación legal o convencional del uso.

DEL AYUNTAMIENTO DE TAFALLA:
- Estar empadronadas en Tafalla
- Obtener la máxima puntuación tras la aplicación del baremo aprobado por el Ayuntamiento de Tafalla, siguiendo la normativa del Gobierno de Navarra, tras existir vivienda desocupada.

DEL AYUNTAMIENTO DE TUDELA:
a) Quien lo solicita debe ser mayor de edad o menor emancipada/do.
b) Acreditar nacionalidad española o residencia legal efectiva y continuada en España durante los 3 años anteriores a la fecha de solicitud, tanto la persona solicitante como el resto de miembros de la unidad familiar.
c) Tener vecindad del municipio de Tudela, acreditando la persona solicitante y el resto de los miembros de la unidad familiar tal circunstancia mediante la inscripción en el padrón municipal.
d) No ser titular la persona solicitante, ni el resto de la unidad familiar de vivienda en régimen de propiedad, de pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda, en todo el territorio nacional. No obstante, este requisito no será de aplicación, en caso de sentencia judicial de separación o divorcio, cuando, como consecuencia de éste, no se le haya adjudicado el uso de la vivienda que constituya la residencia familiar, y para los casos de tratarse de viviendas inadecuadas.
e) Acreditar por parte de la unidad familiar no superar 15.000 € de ingresos y disponer de 3.000 € de ingresos mínimos.
f) Estar al corriente en el pago de tributos municipales, y no tener ninguna deuda impagada por ningún concepto con el Ayuntamiento de Tudela, Junta de Aguas o la entidad pública Castel-Ruiz.
g) Firmar el “Acuerdo de cesión de la vivienda social”, antes de la ocupación del piso.

DE LA MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES DE LA ZONA DE NOÁIN:
I – En el caso de alquiler social:
- Ser mayor de edad o menor emancipado/a y estar, con una antigüedad mínima de 6 meses, en el padrón de los municipios que componen la Zona Básica de Noáin (Beriáin, Biurrun-Olcoz, Noáin (Valle de Elorz), Galar, Ibargoiti, Monreal, Tiebas, Muruarte de Reta y Unzué).
- Encontrarse en situación de vulnerabilidad residencial y psicosocial.

II – En los casos de Emergencia Social: encontrarse en esta situación a causa de:
– Declaración municipal de ruina inminente de la edificación que sirviera de domicilio habitual a la persona o personas necesitadas del piso.
– Relaciones familiares insostenibles por la existencia de conflictos familiares.
– Siniestro de la vivienda habitual (incendio, inundación, etc.) motivo por el cual han quedado sin vivienda.
– Situaciones urgentes debido a desahucios, ejecuciones hipotecarias o expedientes expropiatorios ejecutados.
Previamente a la ocupación de los pisos de alquiler social las personas y/o familias beneficiarias, tendrán que firmar el compromiso de ocupación junto al compromiso del plan de intervención.
En todo caso, la concurrencia de cualquiera de estos motivos ha de ir unida a la efectiva falta de recursos económicos con los que la unidad familiar o la persona afectada pudieran paliar de forma inmediata su necesidad de vivienda.

¿DÓNDE SE SOLICITA?:
La solicitud al Ayuntamiento de Baztán hay que presentarla en el Registro General del Ayuntamiento junto a la documentación requerida (ambas están recogidas en el Anexo I de la Ordenanza).

La solicitud al Ayuntamiento de Huarte hay que presentarla en el Registro Municipal junto a la documentación requerida.

La solicitud para el Ayuntamiento de Pamplona se puede realizar en la Oficina de Vivienda Municipal (Mayor, 59) o en las Unidades de Barrio.

Las viviendas del Ayuntamiento de Tafalla hay que solicitarlas en el Registro del Ayuntamiento, que es quien proporciona la solicitud.

La solicitud al Ayuntamiento de Tudela, junto a la documentación requerida que figura en la propia solicitud, hay que presentarla en el Registro General del Ayuntamiento (Plaza Vieja, 1 y calle Escós Catalán, 3 [Barrio de Lourdes]).

La solicitud para los pisos de la Mancomunidad de Servicios Sociales de la Zona de Noáin hay que realizarla en la sede de la Mancomunidad (Plaza San Miguel 5, bajo - Noáin).

DOCUMENTACIÓN NECESARIA:
Para el Ayuntamiento de Baztán figura en el Anexo I de la Ordenanza.

Para el Ayuntamiento de Huarte figura en el artículo 9 de la Ordenanza.

Para el Ayuntamiento de Pamplona, consulta el apartado "Documentación a presentar".

En el Ayuntamiento de Tafalla, junto a la solicitud, hay que presentar una declaración de que no se posee vivienda alguna.

La documentación que hay que entregar en el Ayuntamiento de Tudela es la que figura en la propia solicitud.

La que le solicite el personal del Servicio Social de Base de la Mancomunidad de Servicios Sociales de la Zona de Noáin.

¿CUÁNTO CUESTAN?:
El importe del alquiler social de las viviendas del Ayuntamiento de Baztán es de 100 € que hay que abonar en los 5 primeros días del mes que se actualiza anualmente según el IPC. También hay que depositar una fianza que está por determinar su cuantía.

La cuota mensual de alquiler de las viviendas del Ayuntamiento de Huarte se calcula según el artículo 7 de su Ordenanza.

La cuota mensual de alquiler de las viviendas del Ayuntamiento de Pamplona se calcula según el artículo 7 de su Ordenanza.

La tasa mensual de las viviendas alquiladas por el Ayuntamiento de Tafalla es la que establece el Gobierno de Navarra para el Alquiler de Vivienda Protegida con las correspondientes subvenciones a quien cumpla los requisitos.

La tasa mensual de las viviendas sociales del Ayuntamiento de Tudela en concepto de cesión y utilización varía en función del número de dormitorios (64,01 € por las viviendas de 1 dormitorio, 83,35 € para las de 2 dormitorios y 135,14 € las de 3 o más dormitorios). Los gastos de comunidad, servicios y suministros (luz, agua, basuras, etc.) son por cuenta de quien ocupa el piso, así como las altas de agua, gas, luz, teléfono, etc. Hay que aportar una fianza que también varía en función del número de habitaciones (128,02 € por las viviendas de 1 dormitorio, 166,70 € para las de 2 dormitorios y 270,28 € las de 3 o más dormitorios) (Ordenanza fiscal nº 46).

El canon mensual establecido por la Mancomunidad de Servicios Sociales de la Zona de Noáin es de 80 € por habitación y de 200 € por vivienda. Puede haber excepciones.

MÁS INFORMACIÓN:
- AYUNTAMIENTO DE BAZTÁN
Servicio Social de Base De Elizondo
Plaza de los Fueros, s/n. (Ayuntamiento, planta baja)
31700 ELIZONDO
Tfno.: 948 580 006
Correo-e: gizartezerbitzua@baztan.eus
Web: http://www.baztan.eus/

- AYUNTAMIENTO DE HUARTE
Servicio Social de Base
Plaza San Juan, 1 Planta 3ª
31620 HUARTE
Tfno.: 948 333 223
Correo-e: mhuarte@infolocal.org
Web: http://www.huarte.es/

- AYUNTAMIENTO DE PAMPLONA
Oficina de Vivienda del Ayuntamiento de Pamplona
Mayor, 59 planta baja
31001 PAMPLONA
Tlfno.: 948 420 095
Web: http://www.pamplona.es
UNIDADES DE BARRIO DE PAMPLONA

- AYUNTAMIENTO DE TAFALLA
Servicio Social de Base
Plaza de Navarra, 7
31300 TAFALLA
Tlfno.: 948 703 923
Web: http://www.tafalla.es/
Facebook: https://www.facebook.com/AyuntamientoTafalla/?ref=br_rs

- AYUNTAMIENTO DE TUDELA
Servicio Social de Base
- Díaz Bravo, 26
- Centro Cívico Lourdes, Escós Catalán, 3
31500 TUDELA
Web: http://www.tudela.es
Facebook: https://www.facebook.com/aytotudela/?ref=br_rs

Cita previa:
Tlfno.: 948 826 761
Correo-e: bienestarsocial@tudela.es

- MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES DE LA ZONA DE NOÁIN
Plaza San Miguel, 5 bajo
31110 Noáin
Tlfno.: 948 318 287
Correo-e: info@ssbnoain.com
Web: http://www.noain.es/

Cambios: 
Modificación Ordenanza del Ayuntamiento de Baztan