AYUDAS ECONÓMICAS PARA FACILITAR EL ALQUILER DE VIVIENDAS A FAMILIAS MONOMARENTALES CON INGRESOS INSUFICIENTES

AYUDAS ECONÓMICAS PARA FACILITAR EL ALQUILER DE VIVIENDAS A FAMILIAS MONOMARENTALES CON INGRESOS INSUFICIENTES

Fecha: 
Viernes, Abril 24, 2020

¿QUÉ SON: Ayudas económicas, de pago único, para facilitar el acceso y la permanencia a una vivienda en régimen de alquiler a familias monomarentales, compuestas por una persona adulta y sus hijos o hijas menores, que se encuentren en una situación de hacinamiento por insuficiencia de ingresos.

¿QUIÉN LAS CONCEDE?: El Gobierno de Navarra a través del Subdirección de Familia y Menores.

¿A QUIÉNES VAN DIRIGIDAS?: Consulta el apartado “Dirigido a”.

REQUISITOS:

Además de los requisitos deben cumplir las siguientes obligaciones (en la 2ª página).

¿DÓNDE SE SOLICITAN?: La solicitud, firmada, junto a la documentación requerida, hay que presentarla en el registro de la Subdirección de Familia y Menores (Abejeras, 1 de Pamplona), o en cualquier registro oficial.

¿CUÁNDO SE SOLICITAN?: Del 24 de abril al 15 de noviembre de 2020.

DOCUMENTACIÓN NECESARIA: A la solicitud en modelo oficial y firmada, hay que acompañar los siguientes documentos, consulta el apartado “Documentación”.

¿CUÁNTO SE COBRA?:
a) Unidades familiares compuestas por el ascendiente y una persona a su cargo y cuya base liquidable total de la renta de la unidad familiar que solicita la ayuda, no exceda de 2.3 veces el IPREM: 60% de la renta anual que deban satisfacer por el alquiler de su vivienda habitual y permanente, con un límite máximo de 4.680 euros anuales por vivienda.
b) Unidades familiares compuestas por el ascendiente y dos personas a su cargo y cuya base liquidable total de la renta de la unidad familiar que solicita la ayuda, no exceda de 2.3 veces el IPREM: 70% de la renta anual que deban satisfacer por el alquiler de su vivienda habitual y permanente, con un límite máximo de 5.460 euros anuales por vivienda.
c) Unidades familiares compuestas por el ascendiente y tres o más personas a su cargo y cuya base liquidable total de la renta de la unidad familiar que solicita la ayuda, no exceda de 2.3 veces el IPREM: 80% de la renta anual que deban satisfacer por el alquiler de su vivienda habitual y permanente, con un límite máximo de 6.240 euros anuales por vivienda.

Esta ayuda económica es incompatible con cualquier otra ayuda que para la misma finalidad pueda establecer cualquier Administración Pública o entidad privada.

NORMATIVA:
- Orden Foral 257/2017, de 3 de julio, (BON nº 150 de 04-08-2017).
- Orden Foral
153/2020, de 14 de abril, ( BON nº 84 de 23-04-2020 ).

MÁS INFORMACIÓN:
- AGENCIA NAVARRA DE AUTONOMÍA Y DESARROLLO DE LAS PERSONAS
Subdirección de Familia y Menores
Abejeras, 1
31007 PAMPLONA
Tlfno.: 848 421 258
Correo-e: info.derechossociales@navarra.es
Web: http://www.navarra.es/

- SERVICIOS SOCIALES DE BASE

- UNIDADES DE BARRIO DE PAMPLONA

Cambios: 
Convocatoria de subvenciones para 2020.