PRIMERA INSTALACIÓN DE JÓVENES AGRICULTORES/AS

PRIMERA INSTALACIÓN DE JÓVENES AGRICULTORES/AS

Fecha: 
Jueves, Agosto 25, 2016

¿QUÉ ES?: Ayudas destinadas a facilitar la creación de empresas agrarias por jóvenes agricultoras y agricultores.

¿QUIÉN LA CONCEDE?: El Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

¿A QUIÉN VA DIRIGIDA?: A aquellas personas físicas que se instalen por primera vez, mediante el correspondiente plan empresarial, como titulares, cotitulares o socias de explotaciones agrarias viables, ubicadas en Navarra, inscritas o inscribibles en el Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra, que cumplan con los requisitos previos y se comprometan a mantener los compromisos establecidos.

REQUISITOS:
- Tener entre 18 y 40 años.

- Presentar un plan empresarial según el modelo establecido.

- No haber sido titular, o cotitular o socia, de una explotación agraria con una antelación superior a un año de la fecha de presentación de la solicitud de ayuda.

- Contar con la capacitación y competencia profesionales adecuadas o adquirirla antes del 1 de noviembre de 2022 (Ciclo de grado de medio o superior de la rama agraria, cursos impartidos por entidades homologadas de más de 250 horas o curso de “incorporación a la explotación agraria” de al menos 200 horas).

- Encontrarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

- Haber iniciado su proceso de instalación dentro de los 12 meses anteriores a la presentación de la solicitud de ayuda por lo que debe haber realizado alguna de las siguientes actuaciones: haberse inscrito en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos como titular de explotación o haber presentado la Solicitud Única (PAC) o estar inscrito en el Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra (REAN) o haberse incorporado como persona socia en una entidad asociativa.

Tras la aplicación del plan empresarial, la explotación deberá:
- Estar inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra y catalogada como prioritaria.
- Realizar las actuaciones a desarrollar en Navarra y los bienes deberán estar inscritos o registrados en los correspondientes registros de la Comunidad Foral de Navarra.
- Ajustarse a la definición de micro y pequeñas empresa (menos de 50 personas trabajadoras y un volumen de negocios anual o balance general anual que no supere los 10 millones de euros).

Si se instala como persona socia de alguna entidad asociativa, la explotación deberá cumplir:
- Antes de la instalación: ajustarse a la definición de micro y pequeñas empresas y estar inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra y en el caso en el que su fecha de constitución sea anterior a los 12 meses desde la presentación de la solicitud, deberá estar catalogada como explotación agraria prioritaria.
- Tras la aplicación del plan empresarial: demostrar la generación en dicha explotación de una UTA (Unidad de Trabajo al Año) por cada persona incorporada, demostrar que la persona socia incorporada alcanza la condición de ATP (Agricultor/ora a Título Principal), asumir el control efectivo de la entidad jurídica (es decir, que sus participaciones supongan al menos un capital igual o superior al de la persona socia con mayor participación, y forme parte de los órganos de gobierno de la misma) y ser catalogada como explotación agraria prioritaria, si no lo era.

- Mantener los requisitos, compromisos y condiciones durante un plazo de tres años, contados a partir de la fecha de la resolución de último pago de la ayuda.

DOCUMENTACIÓN:
La documentación a presentar con la solicitud figura en este documento.

¿DÓNDE SE SOLICITA?:
La presentación de solicitudes sólo puede realizarse a través de internet con estas instrucciones.
La solicitud puede tramitarla la persona beneficiaria o una entidad colaboradora, previa autorización de quien la solicita. La entidad colaboradora debe estar acreditada por resolución y haber suscrito un Convenio con el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente en el momento de firmar la solicitud.

¿CUÁNDO SE SOLICITA?:
Las solicitudes deberán ser presentadas antes del 11 de mayo de 2020 y antes del inicio de las acciones incluidas en el plan empresarial, con la excepción de las utilizadas para la justificación del inicio de la instalación.

¿CUÁNTO SE COBRA?:
Es una prima única de 37.276 €.
Estas ayudas se conceden conforme al procedimiento de concurrencia competitiva, mediante la comparación de solicitudes presentadas a fin de establecer una prelación entre las mismas.

El pago de las ayudas se abonará en dos partes iguales en los ejercicios 2021 y 2022, quedando el último pago supeditado a la verificación del cumplimiento del plan empresarial y resto de compromisos previos a dicho último pago.
Los pagos de las ayudas estarán supeditados a la presentación de las correspondientes solicitudes de pago en las siguientes fechas:
Solicitud de pago del primer tramo de la ayuda: dentro de los 9 meses siguientes a la fecha de concesión de la ayuda.
Solicitud del pago del segundo tramo de ayuda, en el año 2022: antes del 1 de noviembre, una vez finalizada la ejecución del plan empresarial y resto de compromisos exigibles a esa fecha.

Las personas beneficiarias de estas ayudas no podrán optar a otras ayudas para el mismo objeto y finalidad, salvo que así se prevea en la normativa comunitaria, nacional y foral y en el Programa de Desarrollo Rural de Navarra (PDR) 2014-2020.

NORMATIVA:
RESOLUCIÓN 855/2016, de 9 de agosto, (BON nº 48 de 10-03-2020)

MÁS INFORMACIÓN:
- DPTº. DE DESARROLLO RURAL y MEDIO AMBIENTE
Sección de Fomento de Explotaciones Agrarias y Asociacionismo Agrario
González Tablas, 9 - 3º
31005 PAMPLONA
Tlfno.: 848 424 870
Correo-e.: fomenexp@navarra.es
Web: http://www.navarra.es

- OFICINAS DE ÁREA DE DESARROLLO RURAL

Cambios: 
Convocatoria de subvenciones para 2019.