COMPRA DE VIVIENDA PROTEGIDA

COMPRA DE VIVIENDA PROTEGIDA

Fecha: 
Martes, Enero 3, 2017

¿QUÉ ES?: La adquisición de una vivienda a un precio inferior al del mercado libre y con ciertas limitaciones en su superficie, uso y venta, ya que recibe ayudas del Gobierno de Navarra.

Existen dos tipos de viviendas protegidas: Vivienda de Protección Oficial y Vivienda de Precio Tasado. También existe la Vivienda libre de Precio Limitado que no tiene derecho a subvención pero sí a préstamo cualificado.

Las Viviendas de Protección Oficial pueden ser calificadas en régimen de propiedad, en régimen de alquiler con o sin opción de compra y en régimen de cesión de uso. Las Viviendas de Precio Tasado únicamente pueden ser calificadas en régimen de propiedad.

¿QUIÉN LA OFRECE?: El Gobierno de Navarra a través de NASUVINSA (Navarra de Suelo y Vivienda, S.A.) y de promotoras privadas. También pueden ofrecer viviendas protegidas personas particulares pero los requisitos son diferentes.

¿A QUIÉN VA DIRIGIDA?: A las personas o unidades familiares que acrediten la necesidad de vivienda y que la destinen a residencia habitual y permanente.

En cada promoción de viviendas, dependiendo del número de viviendas de la promoción, se debe reservar un determinado número de ellas a personas que se encuentren en cada una de las siguientes situaciones: discapacidad motriz grave en las extremidades inferiores, discapacidad igual o superior al 65%, familias numerosas, víctimas de terrorismo y víctimas de violencia de género.

REQUISITOS:

DE ACCESO A LA VIVIENDA

No se exigen ingresos mínimos a quienes opten a viviendas reservadas a personas: con discapacidad motriz grave, con discapacidad igual o superior al 65%, victimas de violencia de género y de terrorismo y afectadas por realojos urbanísticos.

DE LA VIVIENDA

Existen una serie de cláusulas que son obligatorias incluirlas en el contrato de compraventa.

¿DÓNDE SE SOLICITA?: El acceso a una vivienda protegida se realiza a través del Censo de solicitantes de vivienda protegida. Quienes cumplan los requisitos mínimos de acceso a viviendas protegidas, tienen derecho a inscribirse en dicho Censo.

En el Baremo (consulta la pestaña "VER PUNTUACIÓN BAREMO") se tienen en cuenta diversas circunstancias y situaciones personales puntuables.

La inscripción en el Censo se debe mantener actualizada.

La inscripción, por sí misma, no da lugar a ningún otro derecho ni supone la adjudicación automática de vivienda.

PRÉSTAMOS CUALIFICADOS

SUBVENCIONES:

Requisitos para acceder a las subvenciones del Gobierno de Navarra.

Cuantía de la subvención.

FONDO FORAL DE VIVIENDA SOCIAL

NORMATIVA: 
- Decreto Foral 4/2006, de 9 de enero, (BON nº 13 de 30-01-2006).
- Ley Foral 6/2009, de 5 de junio, (BON nº 73 de 15-06-2009).
- Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo, (BON nº 60 de 17-05-2010).
- Decreto Foral 25/2011, de 28 de marzo, (BON nº 64 de 01-04-2011).
- Orden Foral 87/2013, de 3 de julio, (BON nº 146 de 31-07-2013).
- Decreto Foral 61/2013, de 18 de septiembre, (BON nº 185 de 25-09-2013).

MÁS INFORMACIÓN:
- SERVICIO DE VIVIENDA
Alhóndiga, 1 - 1º
31002 PAMPLONA
Tlfno.: 848 427 570 - 848 427 562
Correo-e: vivienda@navarra.es
Web: http://www.navarra.es.
Horario: De lunes a viernes, de 8,00 a 14,30 horas.

- NASUVINSA (Navarra de Suelo y Vivienda, S.A.)
Avda. San Jorge, 8 bajo
31012 PAMPLONA
Tlfno.: 848 420 600
Correo-e: info@nasuvinsa.es
Web: http://www.nasuvinsa.es
Horario: De lunes a viernes de 8,00 a 15,00 horas

- NASUVINSA (Navarra de Suelo y Vivienda, S.A.)
Plaza de los Fueros, 5-6
31500 TUDELA
Tlfno.: 948 414 391
Horario de atención al público: de lunes a viernes de 8,00 a 15,00 horas.

- Cita previa para el CENSO ÚNICO DE VIVIENDA PROTEGIDA

Cambios: 
Se amplia la calificación de las viviendas de protección oficial con el régimen de "cesión de uso".