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NAVARRA |
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| Trámites |
| Nombre: DECLARACIÓN PREVIA AL INICIO DE ACTIVIDAD |
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NORMATIVA:
Decreto Foral 124/1987, 12 de junio, (BON nº 80 de 29-06-1987) ¿QUÉ ES?: Se trata de una declaración que se realiza antes de iniciar cualquier actividad empresarial o profesional para que conste en el censo de entidades de Hacienda de Navarra. Esta declaración hay que realizarla tanto para las altas como para las modificaciones y las bajas. ¿QUIÉN DEBE REALIZARLO?: Todas las sociedades. LUGAR DE TRAMITACIÓN: En cualquiera de las oficinas de Hacienda de Navarra. La tramitación se realiza en el momento de la solicitud del NIF (Número de Identificación Fiscal). DOCUMENTACIÓN: Impreso del censo de entidades cumplimentado. PLAZO: La declaración censal de alta debe presentarse antes del inicio de la actividad. No debe realizarse ningún gasto antes de realizar esta declaración para poder deducirse el IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) soportado. TASA/CUOTA: El trámite de la declaración es gratuito. DATOS DE CONTACTO: HACIENDA TRIBUTARIA DE NAVARRA Esquíroz, 16 31007 PAMPLONA Tlfno.: 948 50 51 52 Web: http://hacienda.navarra.es. Horario: de lunes a viernes de 8,30 a 14,30 horas. Oficinas de Hacienda Tributaria de Navarra (directorio). |
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Última actualización: 23-02-2012
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