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| Recursos para Personas en Desigualdad Social |
| Nombre: CENTROS DE INSERCIÓN SOCIOLABORAL |
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NORMATIVA:
- DF 130/1999, de 26 de abril, (BON nº 71 de 07-06-99) y las modificaciones del Decreto Foral 26/2002, de 4 de febrero (BON nº 34 de 18-03-2002) y del Decreto Foral 60/2009, de 2 de julio (BON nº 94 de 31-07-2009). ¿QUÉ ES?: Centros que dedican una parte importante de sus puestos de trabajo a personas que en el propio puesto de trabajo se van formando y adaptando al mercado laboral. ¿A QUIÉN VA DIRIGIDO?: A centros colaboradores del Servicio Navarro de Empleo en materia de inserción socio-laboral y a entidades públicas o privadas, cuya función sea, entre otras, la inserción sociolaboral de personas desempleadas: - Mayores de 40 años y más de un año en desempleo (o haber trabajado ese año menos de 90 días). - Mayores de 16 años, que se encuentren en situación o riesgo de exclusión social y hayan firmado un acuerdo de incorporación sociolaboral con el Servicio Social de Base y el Equipo de Incorporación Sociolaboral. OBJETIVOS LABORALES: Conseguir la incorporación social y laboral de las personas en situación o riesgo de exclusión social, a través de procesos personalizados de formación y empleo. SERVICIOS QUE OFRECE: Los Centros de Inserción Sociolaboral proporcionan a las personas contratadas como parte de sus itinerarios de inserción social, procesos integrados y personalizados, constituidos por una formación profesional adecuada, una actividad laboral remunerada, y, en su caso, una intervención o acompañamiento social. OTROS DATOS DE INTERÉS: - Los centros de inserción, para cubrir sus puestos de trabajo de inserción, solicitarán a los Equipos de Incorporación Sociolaboral el dictamen sobre la adecuación del perfil de las personas a contratar. - Los centros de inserción deberán contar con un número de personas en procesos de inserción laboral no inferior al 30% de la media anual del total de personas empleadas, no pudiendo ser el número de éstas inferior a cuatro ni superior a veinticinco. - El contrato de trabajo para la inserción sociolaboral será de carácter temporal, que oscilará entre un mínimo de 6 meses y un máximo de 3 años, y con una jornada igual o superior a media jornada, bajo cualquiera de las modalidades de contratación temporal. - Los centros subvencionados deberán presentar ante el SNE, en el mes de enero de cada año, una memoria con la evaluación de los resultados obtenidos en la realización de las actividades subvencionadas. - Los centros de inserción estarán obligados a reinvertir los beneficios derivados de su actividad económica en la propia empresa o en la promoción de actividades relacionadas con el empleo de inserción sociolaboral. - Cada contrato de trabajo para la inserción socio-laboral será incentivado con una subvención del 80% del SMI (Salario Mínimo Interprofesional) (ver ficha 4.04) y una subvención para el proceso de formación laboral. Además, se podrá subvencionar a los centros de inserción por inversiones y asistencia técnica. MÁS INFORMACIÓN: - SERVICIO NAVARRO DE EMPLEO (Sección de Inserción Laboral) Arcadio Mª Larraona, 1 31008 PAMPLONA Tlfno.: 848 424 442; Fax: 848 424 470 Correo-e: portal.empleo@navarra.es Web: http://www.empleo.navarra.es - CENTROS DE INSERCIÓN SOCIOLABORAL (directorio) - SERVICIOS SOCIALES DE BASE (directorio) - UNIDADES DE BARRIO DE PAMPLONA (directorio) |
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Última actualización: 01-08-2009
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