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| Formación para el Empleo |
| Nombre: ESCUELAS TALLER Y CASAS DE OFICIOS |
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NORMATIVA:
- Real Decreto 282/1999, de 22 de febrero, (BOE nº 46 de 23-02-1999) - Orden M. de 14 de noviembre de 2001, (BOE nº 279 de 21-11-2001) - Resolución 2925/2006, de 18 de octubre, (BON nº 130 de 30-10-2006). La deja sin efecto la Resolución 2423/2012, de 10 de octubre, (BON nº 209 de 24-10-2012) ¿QUÉ SE ESTUDIA?: Se recibe una formación profesional ocupacional compaginada con el trabajo en obra real en una especialidad concreta, con el fin de que a su término el alumnado esté capacitado para el desempeño adecuado del oficio aprendido y sea más fácil su inserción en el mundo del trabajo. Además se completan los estudios con formación general para alcanzar los niveles de educación obligatoria, en su caso, y con información sobre diferentes aspectos: técnicas de búsqueda de empleo y orientación laboral, autoempleo, prevención de riesgos laborales, alfabetización informática, etc. ¿QUÉ TÍTULO SE PUEDE SACAR?: La persona recibirá un certificado expedido por la entidad promotora. Este certificado podrá servir para ser convalidado en su momento por el Certificado de Profesionalidad y por los módulos que correspondan de la Formación Profesional Específica. ¿A QUIÉN VA DIRIGIDO?: A personas desempleadas y demandantes de empleo (inscritas en la Oficina de Empleo), mayores de 16 años y menores de 25 años que cumplan los requisitos para formalizar un contrato para la formación. Con carácter general no se requiere ninguna titulación, pero para algunas especialidades se puede requerir una preparación mínima previa. DURACIÓN: - Escuela Taller: Tienen una duración de entre uno y dos años, y consta de dos etapas: la primera de seis meses y la segunda, de entre seis y dieciocho meses. - Casa de Oficios: Tienen una duración de 1 año, y consta de dos etapas de seis meses cada una de ellas. ASPECTOS ECONÓMICOS: - Escuela Taller: en la primera etapa de seis meses, reciben una ayuda económica en concepto de beca de formación; en la segunda etapa, de entre seis y dieciocho meses, reciben un salario, generalmente entre el 75% y el 100% del SMI (Salario Mínimo Interprofesional). - Casa de Oficios: en la primera etapa de seis meses, reciben una ayuda económica en concepto de beca de formación; en la segunda etapa, de otros seis meses, reciben un salario, generalmente entre el 75% y el 100% del SMI. FECHAS A TENER EN CUENTA: No existe un periodo de inscripción concreto, depende de la puesta en marcha y de las plazas vacantes. TIPO DE FORMACIÓN: En las primeras etapas, tanto de las Escuelas Taller como de las Casas de Oficios, imparten una formación profesional teórico práctica, así como los conocimientos necesarios para evitar los riesgos laborales en el trabajo; y en las segundas etapas, el alumnado realiza un trabajo de utilidad pública y social con un contrato de trabajo para la formación suscrito por la entidad promotora, y continúa con el proceso formativo iniciado en la primera parte. MÁS INFORMACIÓN: - SERVICIO NAVARRO DE EMPLEO Arcadio Mª Larraona, 1 31008 PAMPLONA Tlfno.: 948 424 467; Fax: 848 424 470 Correo-e: escuelas.talleres@navarra.es Web: http://www.navarra.es - ESCUELAS-TALLER Y CASAS DE OFICIO (directorio) |
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Última actualización: 26-10-2012
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